De ahora en adelante, mediante la tutela, los jóvenes que por convicciones morales o políticas consideren inconveniente el porte y uso de armas, podrán ser eximidos del servicio obligatorio. Aunque se exigen ciertas pruebas de la alegada ideología, la sentencia, como era de esperarse, ha generado gran resistencia y ha sido tachada de alcahueta y antipatriótica, por decir lo menos. De hecho, hay quienes incluso han protestado por el que consideran es el final del amor a la patria y, por ende, de la ciudadanía. Sin embargo, y a pesar del ánimo apocalíptico, el fallo es de celebrar. Se trata de un gran triunfo, no sólo de la individualidad, sino del servicio a la comunidad. Finalmente, tiene poco sentido que en las condiciones actuales del conflicto se considere que la única asistencia digna sea la militar. Hay muchas otras formas de contribuir con el país, que además de aprovecharse, deberían fomentarse.
Los objetores de conciencia, y de aquí la bondad de la decisión, no quedarán exentos de las obligaciones sociales. Tendrían que servir a la comunidad por un tiempo similar. La única diferencia es que lo harían bajo la dirección de otra institución. Si el Congreso reglamenta el fallo como es debido, se podrán tal vez materializar alternativas que ya existen en el sistema jurídico colombiano pero que nunca han sido utilizadas, como el servicio ambiental o el servicio social en las cárceles. Es más, podría incluso suspenderse el requisito de la objeción. Sin necesidad de impugnar y demostrar profundas y honestas convicciones morales y políticas, los jóvenes deberían simplemente poder elegir qué tipo de servicio quisieran brindar. La elección entre servicio militar y servicio social ha sido una experiencia exitosa en más de un país y a más de una institución le vendría bien una ayuda adicional.
Ojalá la reglamentación abra esta posibilidad en Colombia y logre, además, mitigar la censurable división entre jóvenes de primera y de segunda categoría. Si hay algo que podría reprochársele al Ejército —y tal vez lo único en este contexto— es la injustificada discriminación por poder adquisitivo. ¿Cómo es posible que esté permitido comprar la famosa libreta militar? Como quiera que se le mire, no tiene carta de presentación que los estratos más bajos se vean obligados a servir por razón de su pobreza. La solución, todos sabemos, fue pragmática. En últimas, no se necesitaban tantas manos y los más adinerados igual se estaban saltando la medida, pero su conveniencia no la hace menos antidemocrática. La obligación del servicio al Estado tiene que ser para todos y el fallo de los objetores de conciencia debe ser utilizado precisamente para abrir posibilidades que hasta ahora estaban cerradas.
No obstante, las cosas no son de color rosa. Si los legisladores no logran una reglamentación acertada, el caos sería inmanejable. Sin mencionar, por supuesto, la ya segura fila de tutelas que les esperan a los jueces por razón de la sentencia. Es una carta arriesgada la de abrir alternativas, sin duda, pero puede ser una carta muy valiosa si se utiliza con criterio claro y habilidad. En el país, según lo señala la Ley 48 de 1993, “todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan”. Afortunadamente, las circunstancias no requieren de tales medidas. Hay que aprovechar la oportunidad para reconocerles a los jóvenes que no son un mero medio del Estado, sino que tienen voluntad propia y que pueden valerse de sus convicciones para servirle al país de la manera que lo juzguen más apropiado. La responsabilidad frente al Estado no se elimina por poder elegir un servicio diferente. De hecho, y tal como están las cosas, abrir nuevas alternativas puede ser la decisión más adecuada.
http://www.elespectador.com/articulo-223854-servicio-militar-unica-alternativa
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